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SECCION XIV PROCEDIMIENTOS >>

TITULO III RECURSOS >>

Capí­tulo Primero - Recurso de revocatoria > << Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 1130 .- – El recurso deberá interponerse dentro del plazo de TRES(3) días desde la notificación de la resolución cuya revocatoria se persigue.


Ver articulos: 1127 - 1127 bis - 1128 - 1129 - 1130 - 1131 - 1132 - 1133 -

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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