Codigo Aduanero >>
SECCION XIV
PROCEDIMIENTOS
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TITULO II
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
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Capítulo Tercero
- Procedimiento para las infracciones
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ARTICULO 1103 .- – La vista contemplada en el artículo 1101 tendrá los efectos de la notificación de la liquidación de los tributos a que alude el artículo 1094, inciso d).
Ver articulos: 1100 - 1101 - 1102 - 1103 - 1104 - 1105 - 1106 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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