Código Civil de Paraguay >>
LIBRO SEGUNDO
- DE LOS HECHOS Y ACTOS JURIDICOS Y DE LAS OBLIGACIONES
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TITULO II
- DE LAS OBLIGACIONES
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CAPITULO V
- DE LA PRESCRIPCION LIBERATORIA
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SECCION III
- DE LA INTERRUPCION DE LA PRESCRIPCION
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ARTICULO 650 .-La interrupción de la prescripción causada por demanda, no aprovecha sino al que la ha entablado, y a los que de él tengan su derecho.
Ver articulos: 647 - 648 - 649 - 650 - 651 - 652 - 653 -
Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf
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