Inicio >> Art.671 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
>>
TITULO VII
- Responsabilidad parental
>>
CAPITULO 6
- Deberes de los hijos
>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 671.-Enumeración. Son deberes de los hijos:
a) respetar a sus progenitores;
b) cumplir con las decisiones de los progenitores que no sean contrarias a su interés superior;
c) prestar a los progenitores colaboración propia de su edad y desarrollo y cuidar de ellos u otros ascendientes en todas las circunstancias de la vida en que su ayuda sea necesaria.
Art.671 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.671
Ver articulos:
Art. 668 [Reclamo a ascendientes]
Art. 669 [Alimentos impagos]
Art. 670 [Medidas ante el incumplimiento]
Art. 671 [Enumeración]
Art. 672 [Progenitor afín]
Art. 673 [Deberes del progenitor afín]
Art. 674 [Delegación en el progenitor afín]
El articulo-671, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario