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LIBRO SEGUNDO - RELACIONES DE FAMILIA >>

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SECCION 1ª Alimentos >>

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ARTICULO 541.-Contenido de la obligación alimentaria. La prestación de alimentos comprende lo necesario para la subsistencia, habitación, vestuario y asistencia médica, correspondientes a la condición del que la recibe, en la medida de sus necesidades y de las posibilidades económicas del alimentante. Si el alimentado es una persona menor de edad, comprende, además, lo necesario para la educación. Art.541 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.541

Ver articulos:
Art. 538 [Parientes por afinidad]
Art. 539 [Prohibiciones]
Art. 540 [Alimentos devengados y no percibidos]
Art. 541 [Contenido de la obligación alimentaria]
Art. 542 [Modo de cumplimiento]
Art. 543 [Proceso]
Art. 544 [Alimentos provisorios]



El articulo-541, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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