Inicio >> Art.384 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
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CAPITULO 9
- Ineficacia de los actos jurídicos
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SECCION 1ª
Disposiciones generales
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ARTICULO 384.-Conversión. El acto nulo puede convertirse en otro diferente válido cuyos requisitos esenciales satisfaga, si el fin práctico perseguido por las partes permite suponer que ellas lo habrían querido si hubiesen previsto la nulidad.
Art.384 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.384
Ver articulos:
Art. 381 [Oponibilidad a terceros]
Art. 382 [Categorías de ineficacia]
Art. 383 [Articulación]
Art. 384 [Conversión]
Art. 385 [Acto indirecto]
Art. 386 [Criterio de distinción]
Art. 387 [Nulidad absoluta]
El articulo-384, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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