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LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

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CAPITULO 8 - Representación >

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ARTICULO 363.-Forma. El apoderamiento debe ser otorgado en la forma prescripta para el acto que el representante debe realizar. Art.363 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.363

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Art. 360 [Extensión]
Art. 361 [Limitaciones]
Art. 362 [Caracteres]
Art. 363 [Forma]
Art. 364 [Capacidad]
Art. 365 [Vicios]
Art. 366 [Actuación en ejercicio del poder]



El articulo-363, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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