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LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
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CAPITULO 8
- Representación
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SECCION 2ª
Representación voluntaria
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ARTICULO 365.-Vicios. El acto otorgado por el representante es nulo si su voluntad está viciada. Pero si se ha otorgado en ejercicio de facultades previamente determinadas por el representado es nulo sólo si estuvo viciada la voluntad de éste.
El representado de mala fe no puede aprovecharse de la ignorancia o la buena fe del representante.
Art.365 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.365
Ver articulos:
Art. 362 [Caracteres]
Art. 363 [Forma]
Art. 364 [Capacidad]
Art. 365 [Vicios]
Art. 366 [Actuación en ejercicio del poder]
Art. 367 [Representación aparente]
Art. 368 [Acto consigo mismo]
El articulo-365, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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