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LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO IV - Hechos y actos jurí­dicos >>

CAPITULO 8 - Representación >

SECCION 1ª Disposiciones generales >>

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ARTICULO 361.-Limitaciones. La existencia de supuestos no autorizados y las limitaciones o la extinción del poder son oponibles a terceros si éstos las conocen o pudieron conocerlas actuando con la debida diligencia. Art.361 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.361

Ver articulos:
Art. 358 [Principio]
Art. 359 [Efectos]
Art. 360 [Extensión]
Art. 361 [Limitaciones]
Art. 362 [Caracteres]
Art. 363 [Forma]
Art. 364 [Capacidad]



El articulo-361, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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