menu

Inicio >> Art.2452 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO QUINTO - TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE >>

TITULO X - Porción legí­tima >>

>

<< Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 2452.-Reducción de disposiciones testamentarias. A fin de recibir o complementar su porción, el legitimario afectado puede pedir la reducción de las instituciones de herederos de cuota y de los legados, en ese orden. Los legados se reducen en el mismo orden establecido en el segundo párrafo del artículo 2358. Art.2452 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2452

Ver articulos:
Art. 2449 [Irrenunciabilidad]
Art. 2450 [Acción de entrega de la legítima]
Art. 2451 [Acción de complemento]
Art. 2452 [Reducción de disposiciones testamentarias]
Art. 2453 [Reducción de donaciones]
Art. 2454 [Efectos de la reducción de las donaciones]
Art. 2455 [Perecimiento de lo donado]



El articulo-2452, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 1 (1 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario