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LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
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TITULO IX
- Sucesiones intestadas
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CAPITULO 2
- Sucesión de los descendientes
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ARTICULO 2426.-Sucesión de los hijos. Los hijos del causante lo heredan por derecho propio y por partes iguales.
Art.2426 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2426
Ver articulos:
Art. 2423 [Garantía de evicción]
Art. 2424 [Heredero legítimo]
Art. 2425 [Naturaleza y origen de los bienes]
Art. 2426 [Sucesión de los hijos]
Art. 2427 [Sucesión de los demás descendientes]
Art. 2428 [Efectos de la representación]
Art. 2429 [Casos en que tiene lugar]
El articulo-2426, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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