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LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO II
- Persona jurídica
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CAPITULO 3
- Fundaciones
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SECCION 2ª
Constitución y autorización
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ARTICULO 211.-Derechos y obligaciones de los integrantes del consejo de administración. Los integrantes del consejo de administración se rigen, respecto de sus derechos y obligaciones, por la ley, por las normas reglamentarias en vigor, por los estatutos, y, subsidiariamente, por las reglas del mandato. En caso de violación por su parte de normas legales, reglamentarias o estatutarias, son pasibles de la acción por responsabilidad que pueden promover tanto la fundación como la autoridad de contralor, sin perjuicio de las sanciones de índole administrativa y las medidas que esta última pueda adoptar respecto de la fundación y de los integrantes del consejo.
Art.211 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.211
Ver articulos:
Art. 208 [Quórum especial]
Art. 209 [Remoción del consejo de administración]
Art. 210 [Acefalía del consejo de administración]
Art. 211 [Derechos y obligaciones de los integrantes del consejo de administración]
Art. 212 [Contrato con el fundador o sus herederos]
Art. 213 [Destino de los ingresos]
Art. 214 [Deber de información]
El articulo-211, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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