Codigo Aduanero >>
SECCION XIV
PROCEDIMIENTOS
>>
TITULO II
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
>>
Capítulo Primero
- Procedimiento de impugnación
> << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1060 .- – El administrador rechazará las pruebas que no se refirieren a los hechos indicados en el escrito de impugnación, como así también las que fueren inconducentes, superfluas o meramente dilatorias.
Ver articulos: 1057 - 1058 - 1059 - 1060 - 1061 - 1062 - 1063 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario