Ley Contrato de Trabajo Argentina >> Continuar leyendo >> Código Civil y Comercial ( con jurisprudencia y doctrina) ...
- LEY DE CONTRATO DE TRABAJO.
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TITULO II
- Del Contrato de Trabajo en General
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CAPITULO VII
- De los derechos y deberes de las partes
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ARTICULO 88 .- .Deber de no concurrencia.
El trabajador debe abstenerse de ejecutar negociaciones por cuenta propia o ajena, que pudieran afectar los intereses del empleador, salvo autorización de éste.
Ver articulos: 85 - 86 - 87 - 88 - 89 - 90 - 91 -
Artículo actualizado vigente de Argentina
Fuente de información: Ley Contrato de Trabajo Argentina
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