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- LEY DE CONTRATO DE TRABAJO. >>

TITULO II - Del Contrato de Trabajo en General >>

CAPITULO VII - De los derechos y deberes de las partes >


ARTICULO 86 .- .Cumplimiento de órdenes e instrucciones.
El trabajador debe observar las órdenes e instrucciones que se le impartan sobre el modo de ejecución del trabajo, ya sea por el empleador o sus representantes. Debe conservar los instrumentos o útiles que se le provean para la realización del trabajo, sin que asuma responsabilidad por el deterioro que los mismos sufran derivados del uso.


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Artículo actualizado vigente de Argentina
Fuente de información: Ley Contrato de Trabajo Argentina

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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