Codigo Procesal Penal Cordoba   >>  
 LIBRO CUARTO
- Recursos
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 TÍTULO 1
- Disposiciones generales
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  ARTICULO 444 .-RECURSOS DEL MINISTERIO PUBLICO . En los casos establecidos por la ley, el Ministerio Público podrá recurrir incluso a favor del imputado o en virtud de la decisión del superior jerárquico, no obstante el dictamen contrario que hubiere emitido antes. 
Ver articulos:   441  -  442  -  443  - 444   -  445  -  446  -  447  -
 Artículo actualizado  vigente de Provincia de Cordoba
 Fuente de información:  Codigo procesal Penal de Cordoba  
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
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