Codigo Procesal Penal Cordoba   >>  
 LIBRO PRIMERO
- Disposiciones Generales
   >>  
 TÍTULO 3
- Tribunal
   >>  
 CAPÍTULO 2
 - Competencia
 >   
 Sección Segunda
- Competencia territorial.
 >>   
  ARTICULO 44 .-REGLA SUBSIDIARIA . Si fuere desconocido o dudoso el lugar donde se cometió el hecho, será competente el Tribunal del lugar donde se estuviere practicando la investigación o, en su defecto, el que designare el Tribunal jerárquicamente superior. 
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 Artículo actualizado  vigente de Provincia de Cordoba
 Fuente de información:  Codigo procesal Penal de Cordoba  
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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