Codigo Procesal Civil y Comercial >> Ver Comentario del Art.488
LIBRO SEGUNDO - PROCESOS DE CONOCIMIENTO
>>
TITULO III - PROCESOS SUMARIO Y SUMARISIMO
>>
CAPITULO I - PROCESO SUMARIO
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EXCEPCIONES PREVIAS
ARTICULO 488 .-(Artículo derogado por art. 3° de la Ley N° 25.488 B.O. 22/11/2001)
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Ver artículo de otro código: articulo 488 formosa
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar
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