Codigo Civil   >>  Ver Comentario de Velez del Art.3337   
 LIBRO IV 
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES 
   >>  
 SECCION PRIMERA 
 DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN 
 >>   
  TITULO II
- De la aceptación y repudiación de la herencia
   >>  
  ARTICULO 3337 .- Puede también demandarse la nulidad de la aceptación, cuando ha sido el resultado de miedo o de violencia ejercida sobre el aceptante.
 Ver Comentario de Velez del Art.3337  
Ver articulos:   3334  -  3335  -  3336  - 3337   -  3338  -  3339  -  3340  -
El articulo-3337, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
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