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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3155

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO XIV - De la hipoteca >>

CAPITULO III - Efecto de las hipotecas respecto de terceros y del crédito >


ARTICULO 3155 .- Si el crédito estuviere sometido a una condición resolutoria, el acreedor puede pedir una colocación actual, dando fianza de restituir la suma que se le asigne, en el caso del cumplimiento de la condición.
Ver Comentario de Velez del Art.3155

Ver articulos: 3152 - 3153 - 3154 - 3155 - 3156 - 3157 - 3158 -



El articulo-3155, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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