Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3102
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO XIII
- De las servidumbres en particular
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CAPITULO III
- De la servidumbre de recibir las aguas de los predios ajenos
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ARTICULO 3102 .- Los edificios, patios, jardines, y los huertos en la extensión de diez mil metros cuadrados, están exceptuados de esta servidumbre.
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Ver articulos: 3099 - 3100 - 3101 - 3102 - 3103 - 3104 - 3105 -
El articulo-3102, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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