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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2732

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO VIII - Del condominio >>

CAPITULO III - Del condominio de los muros, cercos y fosos >


ARTICULO 2732 .- Cada uno de los condóminos puede alzar a su costa la pared medianera sin indemnizar al vecino por el mayor peso que cargue sobre ella.
Ver Comentario de Velez del Art.2732

Ver articulos: 2729 - 2730 - 2731 - 2732 - 2733 - 2734 - 2735 -



El articulo-2732, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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