Codigo Civil   >>  Ver Comentario de Velez del Art.2732   
 LIBRO III 
- DE LOS DERECHOS REALES 
   >>  
  TITULO VIII
- Del condominio
   >>  
 CAPITULO III
 - Del condominio de los muros, cercos y fosos
 >   
  ARTICULO 2732 .- Cada uno de los condóminos puede alzar a su costa la pared medianera sin indemnizar al vecino por el mayor peso que cargue sobre ella.
 Ver Comentario de Velez del Art.2732  
Ver articulos:   2729  -  2730  -  2731  - 2732   -  2733  -  2734  -  2735  -
El articulo-2732, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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