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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2413

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO II - De la posesión y de la tradición para adquirirla >>

CAPITULO II - Efectos de la posesión de cosas muebles >


ARTICULO 2413 .- Las acciones de resolución, nulidad o rescisión a que se halla sometido el precedente poseedor no pueden dirigirse contra el poseedor actual de buena fe.
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Ver articulos: 2410 - 2411 - 2412 - 2413 - 2414 - 2415 - 2416 -



El articulo-2413, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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