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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2061

LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>

SECCION TERCERA DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS >>

TITULO XI - De los contratos aleatorios. Del juego, Apuesta y Suerte >>


ARTICULO 2061 .- El que ha recibido y ejecutado el mandato de pagar sumas perdidas en el juego o apuestas, puede exigir del mandante el reembolso de ellas; pero si el mandato hubiese sido de jugar por cuenta del mandante, o en sociedad de éste con el mandatario no puede exigirse del mandante el reembolso de lo anticipado por el mandatario.
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Ver articulos: 2058 - 2059 - 2060 - 2061 - 2062 - 2063 - 2064 -



El articulo-2061, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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