Código Civil de Venezuela >>
LIBRO TERCERO
- DE LAS MANERAS DE ADQUIRIR Y TRANSMITIR LA PROPIEDAD Y DEMÁS DERECHOS
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TÍTULO III
- DE LAS OBLIGACIONES
>>
Capítulo I
- De las Fuentes de las Obligaciones
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Sección I
- De los Contratos
>>
§ II
- De los Vicios del Consentimiento
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ARTICULO 1150 .-- La violencia empleada contra el que ha contraído la obligación es causa de anulabilidad, aun cuando haya sido ejercida por una persona distinta de aquélla en cuyo provecho se ha celebrado la convención.
Ver articulos: 1147 - 1148 - 1149 - 1150 - 1151 - 1152 - 1153 -
Artículo actualizado vigente de Republica de Venezuela
Fuente de información: Codigo_Civil_Venezuela.pdf
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