Código Civil de Paraguay >>
LIBRO TERCERO
- DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES
>>
TITULO II
- DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR
>>
CAPITULO VIII
- DEL CONTRATO DE TRANSPORTE
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SECCION III
- DEL TRANSPORTE DE COSAS
>>
ARTICULO 932 .-El plazo de entrega, cuando se han fijado varios plazos parciales para la ejecución del transporte, se determinará por la suma de éstos.
Ver articulos: 929 - 930 - 931 - 932 - 933 - 934 - 935 -
Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf
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