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Código Civil de Paraguay >>

LIBRO TERCERO - DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES >>

TITULO II - DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR >>

CAPITULO I - DE LA COMPRAVENTA >

SECCION V - DE LAS CLAUSULAS ESPECIALES >>


ARTICULO 786 .- En la venta sobre documentos, el vendedor se libera de la obligación de la entrega por la remisión al comprador del tí­tulo representativo de la mercaderí­a y los otros documentos establecidos por la ley, por el contrato y, en su defecto por los usos.


Ver articulos: 783 - 784 - 785 - 786 - 787 - 788 - 789 -

Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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