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LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO XIII
- Acciones posesorias y acciones reales
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CAPITULO 2
- Defensas del derecho real
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SECCION 2ª
Acción reivindicatoria
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ARTICULO 2261.-Sentencia. Si se admite la demanda, el juez debe ordenar la restitución del objeto, parte material de él o sus restos. En cuanto a las reglas de cumplimiento de la sentencia, se aplican las normas del Capítulo 3 del Título II de este Libro.
Si se trata de una cosa mueble registrable y media inscripción a favor del vencido, debe ordenarse la rectificación del asiento registral.
Art.2261 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2261
Ver articulos:
Art. 2258 [Prueba en la reivindicación de muebles no registrables]
Art. 2259 [Derecho a reembolso]
Art. 2260 [Alcance]
Art. 2261 [Sentencia]
Art. 2262 [Legitimación pasiva]
Art. 2263 [Prueba]
Art. 2264 [Legitimación pasiva]
El articulo-2261, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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