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LIBRO CUARTO - DERECHOS REALES >>

TITULO V - Propiedad horizontal >>

CAPITULO 1 - Disposiciones generales >

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ARTICULO 2039.-Unidad funcional. El derecho de propiedad horizontal se determina en la unidad funcional, que consiste en pisos, departamentos, locales u otros espacios susceptibles de aprovechamiento por su naturaleza o destino, que tengan independencia funcional, y comunicación con la vía pública, directamente o por un pasaje común. La propiedad de la unidad funcional comprende la parte indivisa del terreno, de las cosas y partes de uso común del inmueble o indispensables para mantener su seguridad, y puede abarcar una o más unidades complementarias destinadas a servirla. Art.2039 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2039

Ver articulos:
Art. 2036 [Reemplazo del árbol o arbusto]
Art. 2037 [Concepto]
Art. 2038 [Constitución]
Art. 2039 [Unidad funcional]
Art. 2040 [Cosas y partes comunes]
Art. 2041 [Cosas y partes necesariamente comunes]
Art. 2042 [Cosas y partes comunes no indispensables]



El articulo-2039, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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