Inicio >> Art.1907 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
LIBRO CUARTO
- DERECHOS REALES
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TITULO I
- Disposiciones generales
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CAPITULO 2
- Adquisición, transmisión, extinción y oponibilidad
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ARTICULO 1907.-Extinción. Sin perjuicio de los medios de extinción de todos los derechos patrimoniales y de los especiales de los derechos reales, éstos se extinguen, por la destrucción total de la cosa si la ley no autoriza su reconstrucción, por su abandono y por la consolidación en los derechos reales sobre cosa ajena.
Art.1907 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1907
Ver articulos:
Art. 1904 [Normas aplicables]
Art. 1905 [Sentencia de prescripción adquisitiva]
Art. 1906 [Transmisibilidad]
Art. 1907 [Extinción]
Art. 1908 [Enumeración]
Art. 1909 [Posesión]
Art. 1910 [Tenencia]
El articulo-1907, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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