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LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

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CAPITULO 31 - Dominio fiduciario >

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ARTICULO 1703.-Excepciones a la normativa general. El dominio fiduciario hace excepción a la normativa general del dominio y, en particular, del dominio imperfecto en cuanto es posible incluir en el contrato de fideicomiso las limitaciones a las facultades del propietario contenidas en las disposiciones del Capítulo 30 y del presente Capítulo. Art.1703 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1703

Ver articulos:
Art. 1700 [Nulidad]
Art. 1701 [Dominio fiduciario]
Art. 1702 [Normas aplicables]
Art. 1703 [Excepciones a la normativa general]
Art. 1704 [Facultades]
Art. 1705 [Irretroactividad]
Art. 1706 [Readquisición del dominio perfecto]



El articulo-1703, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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