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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO IV
- Contratos en particular
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CAPITULO 5
- Leasing
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ARTICULO 1245.-Cancelación a pedido del tomador. El tomador puede solicitar la cancelación de la inscripción del leasing sobre cosas muebles no registrables y software si acredita:
a) el cumplimiento de los recaudos previstos en el contrato inscrito para ejercer la opción de compra;
b) el depósito del monto total de los cánones que restaban pagar y del precio de ejercicio de la opción, con sus accesorios, en su caso;
c) la interpelación fehaciente al dador, por un plazo no inferior a quince días hábiles, ofreciéndole los pagos y solicitándole la cancelación de la inscripción;
d) el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales exigibles a su cargo.
Art.1245 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.1245
Ver articulos:
Art. 1242 [Transmisión del dominio]
Art. 1243 [Responsabilidad objetiva]
Art. 1244 [Cancelación de la inscripción]
Art. 1245 [Cancelación a pedido del tomador]
Art. 1246 [Procedimiento de cancelación]
Art. 1247 [Cesión de contratos o de créditos del dador]
Art. 1248 [Incumplimiento y ejecución en caso de inmuebles]
El articulo-1245, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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