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Inicio >> Art.1053 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO TERCERO - DERECHOS PERSONALES >>

TITULO II - Contratos en general >>

CAPITULO 9 - Efectos >

SECCION 4ª Obligación de saneamiento >>

Parágrafo 3° Responsabilidad por vicios ocultos >> << Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 1053.-Exclusiones. La responsabilidad por defectos ocultos no comprende: a) los defectos del bien que el adquirente conoció, o debió haber conocido mediante un examen adecuado a las circunstancias del caso al momento de la adquisición, excepto que haya hecho reserva expresa respecto de aquéllos. Si reviste características especiales de complejidad, y la posibilidad de conocer el defecto requiere cierta preparación científica o técnica, para determinar esa posibilidad se aplican los usos del lugar de entrega; b) los defectos del bien que no existían al tiempo de la adquisición. La prueba de su existencia incumbe al adquirente, excepto si el transmitente actúa profesionalmente en la actividad a la que corres-ponde la transmisión. Art.1053 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.1053

Ver articulos:
Art. 1050 [Prescripción adquisitiva]
Art. 1051 [Contenido de la responsabilidad por vicios ocultos]
Art. 1052 [Ampliación convencional de la garantía]
Art. 1053 [Exclusiones]
Art. 1054 [Ejercicio de la responsabilidad por defectos ocultos]
Art. 1055 [Caducidad de la garantía por defectos ocultos]
Art. 1056 [Régimen de las acciones]



El articulo-1053, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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