Codigo Aduanero >>
SECCION XIV
PROCEDIMIENTOS
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TITULO III
RECURSOS
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Capítulo Tercero
- Procedimiento ante el Tribunal Fiscal de la Nación
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ARTICULO 1148 .- – La rebeldía no alterará la secuencia del proceso y, si en algún momento cesare, continuará la sustanciación sin que quepa en ningún caso retrogradar.
Ver articulos: 1145 - 1146 - 1147 - 1148 - 1149 - 1150 - 1151 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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