Codigo Aduanero >>
SECCION XIV
PROCEDIMIENTOS
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TITULO II
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES
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Capítulo Tercero
- Procedimiento para las infracciones
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ARTICULO 1092 .- – Sólo se consideran parte en el sumario las personas a cuyo nombre se encontrare la mercadería y los demás supuestos responsables de la infracción y del pago de los tributos correspondientes.
Ver articulos: 1089 - 1090 - 1091 - 1092 - 1093 - 1094 - 1095 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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