menu

Codigo Aduanero >>

SECCION XIV PROCEDIMIENTOS >>

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES >>

Capí­tulo Primero - Disposiciones comunes a todos los procedimientos ante el servicio aduanero > << Art Anterior || Art Siguiente >>

ARTICULO 1006 .- – En las actuaciones en sede aduanera los plazos son perentorios.


Ver articulos: 1003 - 1004 - 1005 - 1006 - 1007 - 1008 - 1009 -

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 1 (1 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario