Código Civil de Paraguay >>
LIBRO TERCERO
- DE LOS CONTRATOS Y DE OTRAS FUENTES DE OBLIGACIONES
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TITULO II
- DE LOS CONTRATOS EN PARTICULAR
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CAPITULO XXII
- DEL CONTRATO DE TRANSACCION
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ARTICULO 1501 .-La transacción extingue los derechos y las obligaciones que las parte hubieren renunciado, y tiene para con ellas y sus sucesores la misma autoridad que la cosa juzgada.
Ver articulos: 1498 - 1499 - 1500 - 1501 - 1502 - 1503 - 1504 -
Artículo actualizado vigente de Republica del Paraguay
Fuente de información: Codigo_Civil_Paraguay.pdf
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