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Inicio >> Art.271 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO PRIMERO - PARTE GENERAL >>

TITULO IV - Hechos y actos jurí­dicos >>

CAPITULO 3 - Dolo como vicio de la voluntad >

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ARTICULO 271.-Acción y omisión dolosa. Acción dolosa es toda aserción de lo falso o disimulación de lo verdadero, cualquier artificio, astucia o maquinación que se emplee para la celebración del acto. La omisión dolosa causa los mismos efectos que la acción dolosa, cuando el acto no se habría realizado sin la reticencia u ocultación. Art.271 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.271

Ver articulos:
Art. 268 [Error de cálculo]
Art. 269 [Subsistencia del acto]
Art. 270 [Error en la declaración]
Art. 271 [Acción y omisión dolosa]
Art. 272 [Dolo esencial]
Art. 273 [Dolo incidental]
Art. 274 [Sujetos]



El articulo-271, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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