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LIBRO QUINTO - TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE >>

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ARTICULO 2469.-Acción de nulidad. Cualquier interesado puede demandar la nulidad del testamento o de alguna de sus cláusulas a menos que, habiéndolo conocido, haya ratificado las disposiciones testamentarias o las haya cumplido espontáneamente. Art.2469 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2469

Ver articulos:
Art. 2466 [Ley que rige la validez del testamento]
Art. 2467 [Nulidad del testamento y de disposiciones testamentarias]
Art. 2468 [Condición y cargo prohibidos]
Art. 2469 [Acción de nulidad]
Art. 2470 [Interpretación]
Art. 2471 [Obligación de denunciar la existencia del testamento]
Art. 2472 [Ley que rige la forma]



El articulo-2469, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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