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Inicio >> Art.2433 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

LIBRO QUINTO - TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE >>

TITULO IX - Sucesiones intestadas >>

CAPITULO 4 - Sucesión del cónyuge >

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ARTICULO 2433.-Concurrencia con descendientes. Si heredan los descendientes, el cónyuge tiene en el acervo hereditario la misma parte que un hijo. En todos los casos en que el viudo o viuda es llamado en concurrencia con descendientes, el cónyuge supérstite no tiene parte alguna en la división de bienes gananciales que corresponden al cónyuge prefallecido. Art.2433 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...

Fallos judiciales del Art.2433

Ver articulos:
Art. 2430 [Caso de adopción]
Art. 2431 [Supuestos de procedencia]
Art. 2432 [Parentesco por adopción]
Art. 2433 [Concurrencia con descendientes]
Art. 2434 [Concurrencia con ascendientes]
Art. 2435 [Exclusión de colaterales]
Art. 2436 [Matrimonio “in extremis”]



El articulo-2433, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano

Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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