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LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
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TITULO IX
- Sucesiones intestadas
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CAPITULO 4
- Sucesión del cónyuge
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ARTICULO 2435.-Exclusión de colaterales. A falta de descendientes y ascendientes, el cónyuge hereda la totalidad, con exclusión de los colaterales.
Art.2435 Comentado ( con jurisprudencia y doctrina) ...
Fallos judiciales del Art.2435
Ver articulos:
Art. 2432 [Parentesco por adopción]
Art. 2433 [Concurrencia con descendientes]
Art. 2434 [Concurrencia con ascendientes]
Art. 2435 [Exclusión de colaterales]
Art. 2436 [Matrimonio “in extremis”]
Art. 2437 [Divorcio, separación de hecho y cese de la convivencia resultante de una decisión judicial]
Art. 2438 [Extensión]
El articulo-2435, se relaciona con el/los artículo/s antiguamente en el Código Civil Velezano
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fecha de vigencia: apartir del 1 de Agosto del Año 2015
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
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