Codigo Aduanero >>
SECCION I
SUJETOS
>>
TITULO II
AUXILIARES DEL COMERCIO Y DEL SERVICIO ADUANERO
>>
Capítulo Segundo
- Agentes de transporte aduanero
> << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 57 .-– 1. Son agentes de transporte aduanero, a los efectos de este código, las personas de existencia visible o ideal que, en representación de los transportistas, tienen a su cargo las gestiones relacionadas con la presentación del medio transportador y de sus cargas ante el servicio aduanero, conforme con las condiciones previstas en este código.
2. Dichos agentes de transporte, además de auxiliares del comercio, son auxiliares del servicio aduanero.
Ver articulos: 54 - 55 - 56 - 57 - 58 - 59 - 60 -
Artículo actualizado vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial
• Fallos judiciales de compraventa
• Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio
• Fallos Derechos del Consumidor
• Fallos de Usucapion
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado
• DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN.
• Divorcio express
• CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN.
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario