Codigo Procesal Penal Cordoba   >>  
 LIBRO CUARTO
- Recursos
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 TÍTULO 2
- Reposición
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  ARTICULO 459 .-EFECTOS . La resolución que recaiga hará ejecutoria, a menos que el recurso hubiera sido deducido junto con el de apelación en subsidio, y éste fuere procedente. 
Este recurso tendrá efecto suspensivo sólo cuando la resolución recurrida fuere apelable con ese efecto. 
Ver articulos:   456  -  457  -  458  - 459   -  460  -  461  -  462  -
 Artículo actualizado  vigente de Provincia de Cordoba
 Fuente de información:  Codigo procesal Penal de Cordoba  
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
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