Codigo Procesal Penal Cordoba   >>  
 LIBRO TERCERO
- Juicios y procedimientos especiales
   >>  
 TÍTULO 1
- Juicio común
   >>  
 CAPÍTULO 4
 - Juicio por delito de acción privada
 >   
 Sección Segunda
- Procedimiento
 >>   
  ARTICULO 440 .-INCOMPARECENCIA DEL QUERELLADO . Si el querellado o su representante no compareciere al debate, se procederá en la forma dispuesta por los artículos 375 y 376. 
Ver articulos:   437  -  438  -  439  - 440   -  441  -  442  -  443  -
 Artículo actualizado  vigente de Provincia de Cordoba
 Fuente de información:  Codigo procesal Penal de Cordoba  
Jurisprudencia / Fallos Judiciales
• Fallos de Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
 
 
• Fallos judiciales de compraventa 
 
 
•  Fallos judiciales de Formas de Poder para juicio 
 
 
•   Fallos Derechos del Consumidor 
 
•  Fallos de Usucapion 
Artículos Más Leídos
• Responsabilidad de buscadores 
 
 
• El instrumento estampado con la huella dactilar, es un instrumento particular no firmado 
 
 
•  DEFINICIONES JURIDICAS EN DERECHO DE FAMILIA CCCN. 
 
 
•   Divorcio express 
 
•  CAMBIOS MAS IMPORTANTES EN NUEVO CCCN. 
Fallos de la Corte Suprema de Argentina
Notas de Fallos de la CSJNHaz tu Comentario