menu

Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3691

LIBRO IV - DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES >>

SECCION PRIMERA DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN >>

TITULO XII - De las formas de los testamentos >>

CAPITULO V - De la apertura, publicación y protocolización de algunos testamentos >


ARTICULO 3691 .- El testamento ológrafo, y el cerrado, deben presentarse tales como se hallen, al juez del último domicilio del testador.
Ver Comentario de Velez del Art.3691

Ver articulos: 3688 - 3689 - 3690 - 3691 - 3692 - 3693 - 3694 -



El articulo-3691, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

¿Mejoramos el artículo?
Puntos: 0 (0 votos)


Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

Compartir

           

Haz tu Comentario