Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3691
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
SECCION PRIMERA
DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
>>
TITULO XII
- De las formas de los testamentos
>>
CAPITULO V
- De la apertura, publicación y protocolización de algunos testamentos
>
ARTICULO 3691 .- El testamento ológrafo, y el cerrado, deben presentarse tales como se hallen, al juez del último domicilio del testador.
Ver Comentario de Velez del Art.3691
Ver articulos: 3688 - 3689 - 3690 - 3691 - 3692 - 3693 - 3694 -
El articulo-3691, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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