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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.3111

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO XIV - De la hipoteca >>


ARTICULO 3111 .- Los costos y gastos, como los daños e intereses, a que el deudor pueda ser condenado por causa de la inejecución de una obligación, participan, como accesorio del crédito principal, de las seguridades hipotecarias constituidas para ese crédito.
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Ver articulos: 3108 - 3109 - 3110 - 3111 - 3112 - 3113 - 3114 -



El articulo-3111, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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