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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2747

LIBRO III - DE LOS DERECHOS REALES >>

TITULO VIII - Del condominio >>

CAPITULO IV - Del condominio por confusión de lí­mites >


ARTICULO 2747 .- Cuando los límites de los terrenos estén cuestionados, o cuando hubiesen quedado sin mojones por haber sido éstos destruidos, la acción competente a los colindantes es la acción de reivindicación para que a uno de los poseedores se le restituya el terreno en cuya posesión estuviese el otro.
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El articulo-2747, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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