Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2663
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO VII
- Del dominio imperfecto
>>
ARTICULO 2663 .- Dominio revocable es el que ha sido transmitido en virtud de un título revocable a voluntad del que lo ha transmitido; o cuando el actual propietario puede ser privado de la propiedad por una causa proveniente de su título.
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Ver articulos: 2660 - 2661 - 2662 - 2663 - 2664 - 2665 - 2666 -
El articulo-2663, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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