Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2331
LIBRO III
- DE LOS DERECHOS REALES
>>
TITULO I
- De las cosas consideradas en sí mismas, o en relación a los derechos
>>
ARTICULO 2331 .- Las cosas que natural o artificialmente estén adheridas al suelo, son cosas accesorias del suelo.
Ver Comentario de Velez del Art.2331
Ver articulos: 2328 - 2329 - 2330 - 2331 - 2332 - 2333 - 2334 -
El articulo-2331, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial
Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/
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