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Codigo Civil >> Ver Comentario de Velez del Art.2052

LIBRO II - DE LOS DERECHOS PERSONALES EN LAS RELACIONES CIVILES >>

SECCION TERCERA DE LAS OBLIGACIONES QUE NACEN DE LOS CONTRATOS >>

TITULO XI - De los contratos aleatorios. Del juego, Apuesta y Suerte >>


ARTICULO 2052 .- El contrato de juego tendrá lugar cuando dos o más personas entregándose al juego se obliguen a pagar a la que ganare un suma de dinero, u otro objeto determinado.
Ver Comentario de Velez del Art.2052

Ver articulos: 2049 - 2050 - 2051 - 2052 - 2053 - 2054 - 2055 -



El articulo-2052, se relaciona con el/los artículo/s en el Código Civil y Comercial

Artículo NO vigente de la Republica Argentina
Fuente de información: infoleg.gob.ar/

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Fallos de la Corte Suprema de Argentina

Notas de Fallos de la CSJN

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